La prueba pericial económica y contable es un medio de prueba que se practica en el proceso por quien no es parte y que posee una serie de conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos, para el esclarecimiento de los hechos y se requiere de un experto o perito economista y perito contable.
La finalidad de la misma es la de aportar al Juez los conocimientos especializados, científicos o prácticos que son necesarios para conocer o apreciar convenientemente los hechos controvertidos en el proceso y para ello se requiere del perito contable y del perito economista.
La prueba pericial contable y económica es una de las más importantes en un juicio, ya que nos aporta datos objetivos de un profesional experto, perito, economista y/o auditor de cuentas que no pertenece al proceso. Por todo esto, se considera que ha de contar con unas mínimas garantías, como son:
- La competencia de los peritos economistas y peritos contables , dado que la normativa española exige que sólo puedan ser nombrados como tal los profesionales que tengan competencia en la materia objeto de la pericia. El perito contable y perito deberá ser economista y/o auditor de cuentas.
- Al tratarse de una persona externa al proceso, se asegura la imparcialidad del mismo a través de juramento, clave para la pericial contable y económica.
- Dada la importancia de este medio probatorio en el proceso, la Ley exige que se nombren dos peritos contables y dos peritos economistas auditores para obtener así dos opiniones diferentes que asesoren al Juez de manera independiente la pericial establecida por el perito contable.
- Se garantiza la publicidad del nombramiento a través la comunicación a las partes de los nombres de los peritos economistas y contables, quienes intervendrán en la práctica de la pericia, para garantizar todos los principios del proceso en su prueba pericial y en su informe como perito contable y economista.
- También se garantiza la independencia de las partes en el nombramiento, ya que este corresponde al juez mediante auto, que procederá a inscribir al perito economista y contable en la prueba pericial solicitada.